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ORDEN de 9 de junio de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas al sector editorial en Aragón para el ejercicio 2015.

Publicado el 03/07/2015 (Nº 126)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden de 12 de febrero de 2015, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convocaron las ayudas al sector editorial en Aragón para el ejercicio 2015, de acuerdo con la Orden de 19 de enero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura.

La finalidad de esta convocatoria es financiar la producción cultural en los sectores del libro, sector videográfico y sector fonográfico, que sirva de apoyo a la industria editorial y beneficie al Sistema de Bibliotecas de Aragón, considerando como posibles beneficiarios las editoriales, las entidades que tengan constituido legalmente el sello editorial (acreditado con el alta como editor en el Impuesto de Actividades Económicas y con la asignación de número o código de editor por la Agencia Española del I.S.B.N.) y empresas de producciones sonoras y videográficas, ya sean personas físicas o jurídicas, ubicadas en Aragón que presenten proyectos editoriales, fonográficos y videográficos objeto de la subvención. Para ello, deberán acreditar una actividad ininterrumpida de un año, como mínimo, en la labor editorial y no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, el Gobierno de Aragón ha elaborado la Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento, cuya implementación durante el año 2015 se realizará en aplicación de lo dispuesto en el Título Séptimo de la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2015 y de la cual forma parte esta convocatoria de ayudas al sector editorial.

De acuerdo con lo establecido en la Orden de 12 de febrero de 2015, se recibieron en plazo 81 títulos o proyectos correspondientes a 26 empresas editoriales. De ellos, con fecha 8 de abril de 2015, la empresa Prames, S.A. presentó escrito de desistimiento de los siguientes 5 títulos:

- Paseos y excursiones por Benasque y el Alto Ésera.

- Montañas de Aragón, 180 caminatas y ascensiones.

- Los 50 mejores recorridos de los valles occidentales

- Excursiones subterráneas por el alto Aragón

- 40+1 Excursiones circulares por el Pirineo aragonés

También se ha tenido por desistidos, al no haber subsanado en plazo la documentación requerida, los proyectos de las siguientes editoriales:

Apila Ediciones: Tigo y Tenta

Erial Ediciones: Campo de ortigas.

Pantalia, S. C: El contrato fantástico

Érase una voz. El primer libro del bebé

Asimismo, se han excluido de valoración los 2 proyectos presentado por D. Rafael González del Castillo, por tratarse de publicaciones periódicas, expresamente contempladas dentro de la exclusiones recogidas en la Orden de 12 de febrero de 2015, así como el proyecto presentado por Publicazions d'o Consello d'a Fabla Aragonesa al no cumplir con lo previsto en el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Por lo tanto, la Comisión de Valoración, en reunión celebrada el 15 de mayo de 2015, procedió a evaluar 69 títulos del total presentado, los cuales cumplen los requisitos exigidos para tener la condición de beneficiario, siguiendo los criterios establecidos en el punto decimotercero de la convocatoria.

En consecuencia, la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en uso de las competencias que legalmente le han sido atribuidas, de acuerdo con la propuesta del Director General de Cultura, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 12 de febrero de 2015, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocaron las ayudas al sector editorial en Aragón para el ejercicio 2015, la Orden de 19 de enero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa aplicable, dispongo:

Primero.- Aprobar la propuesta de concesión de ayudas al Sector Editorial en Aragón para el ejercicio 2015, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 12 de febrero de 2015, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de convocatoria de las mismas. La cuantía total de las ayudas concedidas para esta finalidad asciende a 25.000€ a satisfacer con cargo a la partida presupuestaria 18060/4522/470044/91002 elemento PEP 2006/000198 del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Conceder las ayudas relacionadas en el anexo I a la presente orden, en el que se detallan los beneficiarios, el destino u objeto de las ayudas, la cuantía de cada una de ellas, el coste total del proyecto editorial y la puntuación obtenida, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado decimotercero de la orden de convocatoria de las ayudas.

Según lo dispuesto en dicha orden, las ayudas podrán ser, como máximo, de un importe similar al coste de un número de ejemplares no superior al 50% de la tirada. Por ello, se establece como cuantía mínima a recibir por cada proyecto la de 750 € (al considerar que la estimación del coste mínimo de la edición de 600 ejemplares de cualquier título, exigido en el apartado quinto de la presente Orden, es de 1.500 €) y como cuantía máxima por editorial el 10% del total de las ayudas al sector editorial previstas en el Presupuesto del Departamento para el 2015.

Tercero.- Denegar las ayudas solicitadas relacionadas en el anexo II, por cuanto que los proyectos presentados no son prioritarios en relación con los concedidos, según los criterios recogidos en la convocatoria.

Teniendo en cuenta lo establecido en el apartado sexto de la orden de convocatoria, la cantidad subvencionada se concede en función de los puntos obtenidos de acuerdo con los criterios antes citados, siendo ésta la resultante de multiplicar estos puntos por 10 €. Aquellos proyectos cuya puntuación no alcanzan los 75 puntos se consideran no prioritarios dada la limitación presupuestaria y, por tanto, las solicitudes son denegadas.

Cuarto.- Aceptar el desistimiento a participar en las ayudas al sector editorial para 2015, presentado con fecha 8 de abril de 2015 en el Registro del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte por la empresa Prames, S.A., en lo referente a los siguientes títulos:

- Paseos y excursiones por Benasque y el Alto Ésera.

- Montañas de Aragón, 180 caminatas y ascensiones.

- Los 50 mejores recorridos de los valles occidentales

- Excursiones subterráneas por el alto Aragón

- 40+1 Excursiones circulares por el Pirineo aragonés

Quinto.- Tener por desistido en la solicitud, por no haber subsanado en plazo la documentación exigida en la orden de convocatoria, los proyectos de las siguientes editoriales:

Apila Ediciones: Tigo y Tenta

Erial Ediciones: Campo de ortigas.

Pantalia, S. C: El contrato fantástico

Érase una voz. El primer libro del bebé

Sexto.- Excluir de la convocatoria los 2 proyectos presentado D. Rafael González del Castillo, por tratarse de publicaciones periódicas, expresamente contempladas dentro de la exclusiones recogidas en la Orden de 12 de febrero de 2015, así como el proyecto presentado por Publicazions d'o Consello d'a Fabla Aragonesa al no cumplir con lo previsto en el artículo 13.2 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo.- Las ayudas al sector editorial en Aragón para el ejercicio 2015 quedan sometidas al régimen "de minimis" en los términos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DOUE 24 de diciembre de 2013) en virtud del cual el importe total de la ayuda concedida por un estado miembro a una única empresa no excederá de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

Octavo.- La justificación de las ayudas se realizará según lo dispuesto en las normas precitadas y en el apartado decimosexto de la Orden de 12 de febrero de 2015, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas al Sector Editorial en Aragón para el ejercicio 2015.

La documentación justificativa de la realización de la edición objeto de la subvención y de los gastos realizados, entendiendo como tales lo efectivamente pagados entre el 15 de noviembre de 2014 y el 13 de noviembre de 2015, deberán presentarse antes del día 15 de noviembre de 2015.

En caso de que no se justifique el importe total del presupuesto presentado en la solicitud, se indicarán las desviaciones acaecidas, y la cantidad a abonar se calculará aplicando a la suma de los gastos justificados el mismo porcentaje establecido entre el presupuesto del proyecto y la cuantía de la subvención concedida, siempre que haya cumplido la finalidad de la subvención.

Noveno.- Los beneficiarios deberán manifestar la aceptación expresa de la subvención en el plazo de 15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden de concesión en el "Boletín Oficial de Aragón", y entregar 8 ejemplares de la obra en la Dirección General de Cultura, sin perjuicio de dar cumplimiento al resto de las obligaciones establecidas en el apartado decimocuarto de la orden de convocatoria de las ayudas.

Décimo.- El pago se efectuará cuando el beneficiario haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada la ayuda y haya justificado la realización de la actividad y el gasto realizado y se realizará conforme a lo dispuesto en la Orden de 12 de febrero de 2015, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convocan las ayudas al sector editorial en Aragón para el ejercicio 2015; la Orden de 19 de enero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre el pago de subvenciones concedidas a cargo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, así como en la demás normativa aplicable.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso previo potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación de la presente orden de resolución de las ayudas, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 9 de junio de 2015.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ